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General Arsenio Martínez Campos y su estado mayor. // |
La guerra en Cuba no daba más de sí, y en esta fecha del 1878 se disuelve la cámara y se celebra la última reunión de la Cámara de Representantes -en sesión extraordinaria- para acordar con España definitivamente la paz.
Jefes, oficiales, alistados de los pueblos en armas de Camagüey, Occidente, Las Villas y Oriente pidieron la reunión que presidió Juan Bautista Spotorno, sustituto tres años antes de Salvador Cisneros Betancourt en la presidencia de Cuba en armas, y asistieron los diputados Salvador Cisneros Betancourt, José A. Pérez, Federico Betancourt y Antonio Aguilar, entre otros, reunión que terminó con la disolución de la Cámara de Representantes.
LA SOLICITARON LOS MAMBISES NO ESPAÑA
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Vicente García |
¿Usted conoce de algún conflicto bélico en el que uno de los bandos le solicite al otro una tregua, y nada menos que para reorganizarse y continuar peleando después?. Sería hasta infantil el solo pensarlo.
LAS PROTESTAS
Uno de los que rechazó la tentadora oferta fue el generalísimo Máximo Gómez, que luego de una larga conversación con Martínez Campos en el campamento de "Vista Hermosa", en el Camaguey, donde estuvo acompañado de Rafael Rodríguez, Enrique Collazo, Enrique Canals, Bonilla y del hijo del presidente de Perú, Grocio Prado, le expresó sus puntos de vista del acuerdo.
Gómez dejó constancia de su deseos en aceptar la decisión de los cubanos, aunque no la compartía. Por su parte Campos intentó "reclutarlo" con halagos, pero el chino viejo lo veía venir.
Mucho se ha hablado de la protesta de Baraguá del general Antonio Maceo, al conocer el contenido de este documento, un arrebato, un farol más que nada, con todo respeto, porque al final terminó aceptando hasta la embarcación que le cedió de gratis el general Martínez Campos. Quizás por que se opuso renuentemente a una encerrona de muerte que le quisieron hacer sus hombres a Martinete, como él mismo le llamaba, una posición valiente y honesta del Titán que llegó a oídos del general.
Pero es bueno señalar que al igual que Maceo, otro que mostró su descontento con el documento fue el general de división Ramón Leocadio Bonachea, aunque se hable más de la de Baraguá. El Santaclareño había mostrado su posición renuente al pacto en el mes de abril, dos meses después de acordado, en lo que se dio a conocer como la "Protesta de Hornos de Cal o de Jarao".
Y al igual que Maceo, también terminó aceptando la embarcación que lo llevó al exilio en Jamaica, como único ofrecimiento del "Pacificador español". En ella partió por un punto de la lengua de mar de Tuna de Zaza, en Santi espíritus. Sepa además que Martínez Campos repartió plata a manos llenas entre otros lideres mambises, aunque esto es una información que "pica como el ají guaguao"*.
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Martínez Campos en retiro. |
No obstante igual aceptó el ofrecimiento de un cañonero, "El Vigía", con el que se trasladó a encontrarse con los suyos en Jamaica, ya que antes su esposa Bernarda Toro y los hijos se habían entregado a las fuerzas españolas y habían sido embarcados hacia Montego Bay.
Por la parte española esta tregua significó algo vergonzoso, no vaya usted a creer. Tanto, que finalizados los dos conflictos, incluyendo la guerra chiquita que solo duró unos meses, se establece en España la una nueva ley de reclutamiento que mantiene la redención pagando.
El Comité de cubanos que negociaron con Martínez Campos estaba integrado por los brigadieres Manuel Suárez y Rafael Rodríguez; los coroneles Juan Bautista Spotorno y Emilio Lorenzo Luaces; el teniente coronel Ramón Roa; el comandante Enrique Collazo y el civil Ramón Pérez Trujillo. Fue firmado el diez febrero y significó una rendición sin haber logrado más que el deseo de ser libres, luego de diez años de duro bregar.
LEY DE RECLUTAMIENTO
Quiere esto decir, que por un pago de dos mil pesetas a los reclutadores del servicio militar, los hijos de los ricos se libraban de tener que ir a América o a las Filipinas, quedando la guerra en manos de los que no podían darse el lujo de pagarlas, los pobres, y por espacio de tres años activos más seis meses de servicio como reservistas, mismo esquema implantado por el Castrismo en Cuba, y sancionado hasta con cinco años de cárcel para el joven que intente evadirlo.
Paz del Zanjón.
(Artículos) Texto y ortografía de la época.
Artículo 1º Concesión á la Isla de Cuba de las mismas condiciones políticas, orgánicas y administrativas de que disfruta la de Puerto-Rico.
2º Olvido de lo pasado respecto de los delitos políticos cometidos desde 1868 hasta el presente y libertad de los condenados ó que se hallen cumpliendo condena dentro ó fuera de la Isla. Indulto general á los desertores del ejérci to español, sin distinción de nacionalidad, haciendo extensiva esta cláusula á cuantos hubiesen tomado parte directa ó indirectamente en el movimiento revolucionario.
3º Libertad á los colonos asiáticos y esclavos que se hallen hoy en las filas insurrectas.
4º Ningún individuo que en virtud de esta capitulación reconozca y quede bajo la acción del Gobierno español podrá ser compelido á prestar ningún servicio de guerra mientras no se establezca la paz en todo el territorio.
5º Todo individuo que en virtud de esta capitulación desee marchar fuera de la Isla, queda facultado y le proporcionará el Gobierno español los medios de hacerlo sin tocar en población, si así lo deseare.
6º La capitulación de cada fuerza se hará en despoblado donde con antelación se depositarán las armas y demás elementos de guerra.
7º El general en jefe del ejército español á fin de facilitar los medios de que puedan avenirse los demás departamentos, franqueará todas las vías de mar y tierra de que pueda disponer.
8º Consideran lo pactado con el Comité del Centro como general y sin restricciones particulares todos los departamentos de la Isla que acepten estas condiciones.
—Campamento de San Agustín, Febrero 10 de 1879.
— E. L. Luáces.
—Rafael Rodriguez. Secretarios.
Artículo 1º Concesión á la Isla de Cuba de las mismas condiciones políticas, orgánicas y administrativas de que disfruta la de Puerto-Rico.
2º Olvido de lo pasado respecto de los delitos políticos cometidos desde 1868 hasta el presente y libertad de los condenados ó que se hallen cumpliendo condena dentro ó fuera de la Isla. Indulto general á los desertores del ejérci to español, sin distinción de nacionalidad, haciendo extensiva esta cláusula á cuantos hubiesen tomado parte directa ó indirectamente en el movimiento revolucionario.
3º Libertad á los colonos asiáticos y esclavos que se hallen hoy en las filas insurrectas.
4º Ningún individuo que en virtud de esta capitulación reconozca y quede bajo la acción del Gobierno español podrá ser compelido á prestar ningún servicio de guerra mientras no se establezca la paz en todo el territorio.
5º Todo individuo que en virtud de esta capitulación desee marchar fuera de la Isla, queda facultado y le proporcionará el Gobierno español los medios de hacerlo sin tocar en población, si así lo deseare.
6º La capitulación de cada fuerza se hará en despoblado donde con antelación se depositarán las armas y demás elementos de guerra.
7º El general en jefe del ejército español á fin de facilitar los medios de que puedan avenirse los demás departamentos, franqueará todas las vías de mar y tierra de que pueda disponer.
8º Consideran lo pactado con el Comité del Centro como general y sin restricciones particulares todos los departamentos de la Isla que acepten estas condiciones.
—Campamento de San Agustín, Febrero 10 de 1879.
— E. L. Luáces.
—Rafael Rodriguez. Secretarios.
Fuente: Españoles é insurrectos : recuerdos de la guerra de Cuba / por Francisco de Camps y Feliú. Habana : 1890. (Universidad de Harvard)
Máximo Gómez. "Diario de Campaña".
Ramón Infiesta: "Biografía de Máximo Gómez" 1937
*Ají Guaguao: Tipo de pimiento muy pequeño de propiedades muy curativas y muy picante.