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SE INTENSIFICAN LAS SANCIONES CONTRA ENTIDADES Y PERSONEROS DEL RÉGIMEN CASTRISTA


Todos recordamos las amenazantes declaraciones de Esteban Lazo, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular y primero por la izquierda en la foto, relacionadas con el decomiso y confiscación de propiedades y mercancías a vendedores privados "como la sanción que más le duele a la gente", pues sería bueno preguntarle ahora que se siente cuando la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) de los EEUU, ha publicado una extensa lista de sanciones contra una parte de la cúpula del régimen, entre las que él se encuentra.

La medida, aunque ha sido rechazada por congresistas demócratas como Delia Ramírez y Nydia Velázquez, está enfocada en 11 miembros de la élite del régimen cubano y a tres organizaciones gubernamentales, entre los que se incluyen funcionarios del régimen y figuras militares vinculadas al aparato de seguridad, muchos de los cuales son responsables o han participado en la represión del pueblo cubano, según apuntó el secretario de estado Marco Rubio.

Entre los sancionados figuran gobernantes como la ministra de Comunicaciones, Mayra Arevich Marín; el de Energía y Minas, Vicente de la O Levy; la ministra de Justicia, Rosabel Gamon Verde; el presidente de la Asamblea Nacional de Cuba, Juan Esteban Lazo; el secretario de Organización del Comité Central del Partido Comunista de Cuba y miembro del Buró Político, Roberto Morales Ojeda, entre otros.

Además, EEUU sanciona al general de Cuerpo de Ejército y Viceministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, Joaquín Quintas, y los generales de división José Miguel Gómez del Vallín, jefe de la Jefatura de la Contrainteligencia Militar del MINFAR; Eugenio Armando Rabilero, jefe del Ejército Oriental, y Raúl Villar, jefe del Ejército Central y miembro del Comité Central del PCC.

Asimismo, EEUU sanciona a la Dirección de Inteligencia de Cuba, fundada el 6 de junio de 1961 y principal servicio de inteligencia exterior del Estado cubano: al Ministerio del Interior de Cuba, “agencia del Gobierno de Cuba responsable de la seguridad interna del país, incluyendo el control de la policía, las fuerzas de seguridad interna, las agencias de inteligencia y el sistema penitenciario”; y la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), “una fuerza policial dependiente del ministerio acusada de operar prisiones móviles y de reprimir violentamente las protestas”.

Las sanciones emanan de la Orden Ejecutiva 14404, firmada por Trump el pasado 1 de mayo de 2026, llamada Imposing Sanctions on Those Responsible for Repression in Cuba and for Threats to United States National Security and Foreign Policy. Esa Orden Ejecutiva “autoriza sanciones de amplio alcance contra Cuba, incluidas las personas que apoyan el aparato de seguridad del régimen cubano y los responsables de la represión en Cuba y de las amenazas a la seguridad nacional de Estados Unidos”, afirma Rubio:

“Esta medida también refuerza tanto la Orden Ejecutiva 14380, llamada 'Abordar las amenazas a los Estados Unidos por parte del Gobierno de Cuba', como el Memorándum Presidencial de Seguridad Nacional 5 (NSPM-5), que ordena al poder Ejecutivo mejorar los derechos humanos, fomentar el Estado de derecho, promover los mercados libres y la libre empresa, y promover la democracia en Cuba”. 

 Implicación de las sanciones 

Como resultado de las medidas relacionadas con las sanciones adoptadas por EEUU, todos los bienes e intereses patrimoniales de las personas designadas que se encuentren en Estados Unidos o en posesión o bajo el control de ciudadanos estadounidenses quedan bloqueados y deben ser comunicados a la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro.

Asimismo, todas las entidades cuya propiedad, individual o conjunta, sea del 50% o más de una o más personas sancionadas, también quedan bloqueadas. Asimismo, se prohíben todas las transacciones y operaciones realizadas por personas estadounidenses o personas que se encuentren dentro (o transiten) por Estados Unidos que involucren bienes o intereses en bienes de personas designadas o bloqueadas.

Solo se libran las que estén autorizadas por un permiso general o específico emitido por la OFAC o estén exentas. Estas prohibiciones incluyen la realización de cualquier contribución o suministro de fondos, bienes o servicios por, a, o en beneficio de cualquier persona bloqueada, así como la recepción de cualquier contribución o suministro de fondos, bienes o servicios de dicha persona.

Las personas extranjeras que realicen transacciones con personas designadas conforme a la Orden Ejecutiva 14404, o que operen en los sectores de energía, defensa y materiales relacionados, metales y minería, servicios financieros o seguridad de la economía cubana, según se identifica en la Orden Ejecutiva 14404, están expuestas a sanciones.